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SUMA: Cobertura Guardia y/o Demanda Espontánea

» 19.03.2020


Estimados socios:

En el marco de la Emergencia Sanitaria y con el fin de facilitar el acceso a la guardia y/o Demanda Espontanea, el Consejo Directivo del SUMA les informa que además de la Consulta en Guardia (ya hoy acordada al 100% a cargo del SUMA) cubrirá el 100% de las prácticas indicadasy realizadas en la misma sin necesidad de autorización previa.

A los efectos de facturar las prácticas realizadas, se deberá presentar el R/P del profesional con indicación de datos del afiliado, atención en guardia y/o demanda espontánea, práctica prescripta, firma del profesional y conformidad del afiliado y el informe resultante en caso que corresponda.

Asimismo, si el afiliado NO cuenta con el Bono de Consulta, solicitamos que le hagan firmar un comprobante interno de la Guardiadonde conste los datos del afiliado, atención en guardia y/o demanda espontanea, patología, firma del profesional y conformidad del afiliado. Esto será válido para la facturación posterior por parte de Centro Médico.

Sin más, saludamos a Ud. muy cordialmente.

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