SUMA - NUEVOS BONOS Y RECETAS
» 06.08.2020 |
Estimado Socio: Nos dirigimos a Ud. a fin de informarle que SUMA comenzó, desde el mes en curso, a emitir a través de su Sistema de Gestión los nuevos bonos y recetas correspondientes a Plan Básico, Plan Materno Madre y Plan Materno Hijo. CONSIDERACIONES: En el caso de Plan Materno Madre y Plan Materno Hijo, los mismos se emitirán a nombre del afiliado que cuente con este tipo de Plan, y el mismo figurará impreso, así como su fecha de finalización. En estos casos, tanto los bonos como las recetas, sólo tendrán validez para ser utilizados hasta la fecha de finalización que saldrá impresa. En el caso de Plan Básico, los mismos se emitirán tanto para afiliados propios como para afiliados por Reciprocidad. En el caso de afiliados de SUMA, tanto en el bono de consulta como receta, saldrá impreso el nombre y apellido del afiliado titular, mientras que los datos del beneficiario atendido deberán ser completados por el Profesional que realiza la prescripción. Al momento de la consulta, el bono debe ser firmado de conformidad por el afiliado que concurre a la misma. Para los afiliados de Reciprocidad, saldrá impreso el nombre del afiliado para el que se emite el bono. El mismo debe ser firmado por el afiliado como conformidad de la consulta realizada. IMPORTANTE 1) Los bonos y recetas preimpresas en color rosa para Plan Materno Madre e Hijo y en color azul para Plan Básico (afiliados propios y de Reciprocidad) continuarán vigentes hasta nuevo aviso. 2) Recordamos que, en el caso de GUARDIA, si el AFILIADO NO CUENTA CON EL BONO DE CONSULTA, deberán hacerle firmar un COMPROBANTE INTERNO DE LA GUARDIA donde conste los datos del afiliado en cuestión, atención en guardia y/o demanda espontánea, patología, firma del profesionales y conformidad del afiliado. NORMAS PARA LA PRESCRIPCIÓN DE RECETAS - En las mismas deberá figurar: Datos completos de afiliado + fecha de prescripción + Firma y N° de Matrícula del Profesional (sello o pre-impreso) + Nombre genérico + concentración + forma farmacéutica + dosificación y aclaración de cantidades en letras y números. - Las enmiendas deberán estar salvadas por el Profesional. - Indicaciones de nombres comerciales justificados por el Médico. - Cantidades Máximas: Productos por receta: dos (2) - Unidades por producto en tratamiento prolongado: dos (2) - Antibióticos unidosis: cinco (5) - Multidosis: uno (1) - Soluciones Parenterales: diez (10). - Se reconocerá un envase grande o multidosis y un envase mediano o chico, por receta.
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