AFIP - Información de interés para contribuyentes
» 16.07.2018 |
Les recordamos a todos los asociados que AFIP, por medio de la RG 3997-E, estableció el cronograma de implementación que obliga a los contribuyentes a aceptar como medio de pago las tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios de pago equivalentes, cuando efectúen operaciones con consumidores finales. Esta obligación alcanza a Servicios profesionales, científicos y técnicos (Sección M); Salud humana y servicios sociales (Sección Q); y Servicios de asociaciones y servicios personales (Sección S) tanto a Responsables inscriptos en IVA como a Monotributistas. Están obligados a la utilización del POS en general desde el día 1° de Abril del corriente año. La División Capacitaciones de AFIP ha ofrecido sus servicios para informarnos respecto a la validación POS que deben adherir los contribuyentes, en nuestro caso, nuestros asociados. La Administración Federal de Ingresos Públicos confirmó la vigencia y advirtió que habrá multas que van desde los $300 a los $300.000 pesos para quienes incumplan con dicha normativa.
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